Cuál será la pensión de jubilación que te queda según tus años cotizados: estas son las cuantías

La clau es troba en el percentatge de base reguladora al qual es té dret.

jubilado

La clave radica en el método de cálculo de las pensiones de jubilación que tiene la Seguridad Social. Este método tiene en cuenta dos variables: la base reguladora del trabajador y el número de años cotizados. Dos factores que guardan cierta relación, ya que la base reguladora también depende en cierta medida del tiempo que se ha trabajado durante el tramo en el que se mide.

En primer lugar hay que atender a la base reguladora, que se calcula con las bases de cotización por contingencias comunes del trabajador durante los últimos 25 años previos a la solicitud de jubilación. Estas bases, un total de 300, se dividirán entre 350 y el resultado será la base reguladora, la cifra de referencia sobre la que hacer los cálculos de pensiones.

En este punto el trabajador tendrá una ayuda si ha tenido periodos de tiempo sin cotizar, la de la integración de lagunas que permite a los ciudadanos rellenar esos periodos de tiempo sin cotizar con bases de cotización ficticias: del 100% de la base mínima vigente durante los primeros 48 meses y del 50% de dicha base de ahí en adelante. Se trata de un mecanismo no aplicable para los autónomos y las trabajadores del hogar.

Tomando en cuenta la base reguladora resultante, el trabajador tendrá derecho a una pensión de jubilación más o menos cuantiosa dependiendo de los años trabajados a lo largo de su vida laboral. El mínimo para acceder es de 15 años, que da derecho al 50% de la base reguladora (o a la pensión mínima si ese valor se queda por debajo).

A partir de ahí, el sistema va aportando porcentajes extra de base reguladora por cada mes cotizado por el trabajador. Durante cada uno de los siguientes 106 meses se aporta al trabajador un 0,21% extra de base reguladora y por cada uno de los 146 meses siguientes se proporciona al trabajador un 0,19% extra de base reguladora, según se recoge en la página web de la Seguridad Social.

A qué porcentaje de la pensión de jubilación tienes derecho

Por lo tanto, en función de los años que se haya cotizado se tendrá derecho a una mayor parte o menor parte de la base reguladora:

- Con 15 años cotizados: el 50% de la base reguladora.

- Con 16 años cotizados: el 52,52% de la base reguladora.

- Con 17 años cotizados: el 55,04% de la base reguladora.

- Con 18 años cotizados: el 57,56% de la base reguladora.

- Con 19 años cotizados: el 60,08% de la base reguladora.

- Con 20 años cotizados: el 62,60% de la base reguladora.

- Con 21 años cotizados: el 65,12% de la base reguladora.

- Con 22 años cotizados: el 67,64% de la base reguladora.

- Con 23 años cotizados: el 70,16% de la base reguladora.

- Con 24 años cotizados: el 72,64% de la base reguladora.

- Con 25 años cotizados: el 74,92% de la base reguladora.

- Con 26 años cotizados: el 77,20% de la base reguladora.

- Con 27 años cotizados: el 79,48% de la base reguladora.

- Con 28 años cotizados: el 81,76% de la base reguladora.

- Con 29 años cotizados: el 84,04% de la base reguladora.

- Con 30 años cotizados: el 86,32% de la base reguladora.

- Con 31 años cotizados: el 88,60% de la base reguladora.

- Con 32 años cotizados: el 90,88% de la base reguladora.

- Con 33 años cotizados: el 93,16% de la base reguladora.

- Con 34 años cotizados: el 95,44% de la base reguladora.

- Con 35 años cotizados: el 97,72% de la base reguladora.

- Con 36 años cotizados: el 100% de la base reguladora.

Qué pasa con las pensiones por debajo de la cuantía mínima

En todos estos casos habrá que atender a la cuantía de la base reguladora, ya que en aquellas pensiones que cuenten con una base reguladora de importe menor al de las pensiones mínimas se tendrá que aplicar el complemento por mínimos, que viene a compensar esas pensiones que se quedan por debajo de la cuantía mínima establecida.

El complemento por mínimos no es consolidable y se otorga siempre que el pensionista no supera un límite de ingresos anuales.

 

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Font
elEconomista.es
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Notícies dels mitjans de comunicació