Las compañías de entre 50 y 249 empleados tienen hasta el próximo 1 de diciembre de 2023 para habilitar un canal interno a través del cual los trabajadores puedan denunciar de forma anónima conductas de corrupción.
Así lo recoge la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Esta nueva norma se ha publicado este martes en el BOE y entrará en vigor a los 20 días de dicha publicación.
El texto obliga no solo a empresas, si no también a la Administración Pública (que tendrá solo seis meses para habilitar este canal), así como universidades, partidos políticos o fundaciones con financiación pública a habilitar estos canales o sistemas internos para que se puedan denunciar malas prácticas de manera anónima y traspone así la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019. Precisamente, la Comisión Europea anunció la semana pasada que llevaría a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por el retraso en la transposición de la directiva.
No obstante, de cara a las empresas privadas, la ley recoge que podrán compartir gastos para el desarrollo e implantación de estos canales internos de denuncias, aunque cada compañía tendrá que tener el suyo propio. Como novedad, la norma añade a través de la disposición transitoria primera que las compañías también pueden aprovechar los sistemas internos de comunicación y sus correspondientes canales que tengan habilitados a la entrada en vigor de la ley. "Podrán servir para dar cumplimiento a las previsiones de esta ley siempre y cuando se ajusten a los requisitos establecidos en la misma".
Eva Diaz