Interinos al borde de un ataque de nervios

La justícia afronta un col·lapse entre la manca de mitjans i la implantació de la ‘llei Bolaños’; el TJUE ha posat negre sobre blanc l’abús de la temporalitat en el sector públic.

La justicia española llega a la nueva reforma organizativa con el pulso acelerado y la plantilla descompuesta. A la escasez crónica de medios se suma ahora la implantación de la llamada ley Bolaños, una transformación de calado que, según denuncian voces del sector, está aterrizando sobre una maquinaria ya fatigada, con juzgados saturados y miles de plazas estructurales cubiertas por personal temporal. En la Comunidad de Madrid, por ejemplo, casi 3.100 de las 7.800 plazas de la Administración de Justicia no están ocupadas por funcionarios de carrera, una tasa de interinidad cercana al 40% que ilustra el tamaño del problema.

Ese escenario coincide con un momento especialmente sensible en el plano europeo. La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), del pasado 14 de abril, sobre el asunto Obadal, ha reabierto el debate sobre cómo responder al abuso de temporalidad en el empleo público. El fallo ha descartado, de forma expresa, que el acceso al puesto de indefinido no fijo, las indemnizaciones tasadas, los procesos selectivos de estabilización o los regímenes de responsabilidad previstos por la Ley 20/2021, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, sean, por sí solas, medidas suficientes para sancionar el abuso y reparar sus consecuencias. El efecto político y jurídico es inmediato: el sistema español vuelve a aparecer ante Luxemburgo como un modelo de empleo público que llega tarde, repara mal y disuade poco, especialmente en la Administración de Justicia.

La sentencia ha caído como una losa sobre un terreno ya agrietado. UGT-Servicios Públicos sostiene que la temporalidad ha sido “una herramienta fraudulenta utilizada por las diferentes Administraciones” y reclama una solución integral basada en la fijeza laboral, la eliminación de la tasa de reposición, la planificación adecuada de plantillas y la agilización de los procesos selectivos. En paralelo, Javier Arauz, que fue abogado de la reclamante del asunto Obadal, interpreta que el fallo europeo “determina que existe abuso en la temporalidad” y que el ordenamiento español sigue sin articular una respuesta “simultáneamente disuasoria, sancionadora y reparadora”.

La tensión no es solo jurídica. También es organizativa y presupuestaria. Miguel Ángel Martín, consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, admite que la Administración arrastra un “déficit estructural y preocupante de personal” y que la reforma, además, llega envuelta en una crítica frontal: “La mal llamada ley de eficiencia” habría nacido, según el consejero, con “una absoluta ausencia de coordinación institucional”, “fallos estructurales de diseño” y, sobre todo, sin “una dotación presupuestaria suficiente”. La fotografía es la de un sistema que pretende cambiar de traje sin haber resuelto antes si tiene con qué vestirse.

Precariedad

El problema de fondo es que la justicia no solo soporta cargas de trabajo elevadas, también debe ejecutar una reorganización profunda con plantillas incompletas y con una base temporal que se ha vuelto estructural. El dato de Madrid es relevante porque muestra que la interinidad ya no es un fenómeno coyuntural, sino una forma estable de funcionamiento. Y eso, en un sector que depende de la continuidad de los equipos para absorber volumen, coordinar señalamientos y sostener los servicios comunes, multiplica el riesgo de colapso. Cuando la rotación se vuelve norma, la eficiencia se resiente, y la reforma se convierte en una operación de alta fragilidad.

continuar llegint

Carlos Capa

Data
Font
El País
Tipus
Notícies dels mitjans de comunicació