El TJUE pide indemnizar a los padres a los que se negó el plus de maternidad en la pensión

Aquest tribunal ja va fallar el 12 de desembre del 2019 en contra de la pràctica sistemàtica de l'Administració espanyola de denegar aquest complement de la pensió als homes, cosa que els obligava a reclamar-ho per via judicial.

tesorEl Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) insta a compensar económicamente a los hombres a los que la Seguridad Social les denegó el complemento en la pensión por brecha de género. En una sentencia conocida este jueves, el tribunal, que ya es la segunda vez que se pronuncia sobre este complemento en cuatro años, señala que es doblemente discriminatorio para el hombre.

El TJUE determina que la negativa sistemática de la Seguridad Social de negar este complemento a los hombres les discrimina por género y porque tardan más en lograr su obtención e incurren en mayores gastos (como litigios) para conseguirla.

Por tanto, Europa ha determinado que en estos casos los tribunales españoles deben reconocer al afiliado de sexo masculino el derecho al complemento con efectos retroactivos, pero además, para subsanar los perjuicios de la discriminación, también debe concederle una "reparación pecuniaria adecuada que permita compensar íntegramente los perjuicios efectivamente sufridos como consecuencia de la discriminación". "Esta reparación debe tener en cuenta los gastos efectuados por el afiliado, incluidas las costas y los honorarios de abogado", sentencia el TJUE.

Este tribunal ya falló el 12 de diciembre de 2019 en contra de la práctica sistemática de la Administración española de denegar este complemento de la pensión a los hombres, lo que les obligaba a reclamarlo por vía judicial.

El complemento por brecha de género a las pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente se aprobó en 2015 a través del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social y entró en vigor para las prestaciones que causaran a partir de 1 de enero de 2016. Este texto solo otorgaba este complemento a las mujeres con más de dos hijos. No obstante, el Ejecutivo, a través del Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, amplió este complemento para los hombres, entrando en vigor el pasado 18 de marzo.

 

Eva Díaz

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elEconomista.es
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