El Supremo aboca a los interinos a acudir al tribunal europeo de derechos humanos como última salida para lograr su fijeza

La negativa española a estabilizarlos vulnera su igualdad frente a los trabajadores europeos.

yaLa negativa del Tribunal Supremo (TS) a aplicar el derecho europeo y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para hacer fijos a los interinos que han sufrido abusos en la contratación por acumular años de contratos temporales les aboca a acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) como última salida para reclamar estabilidad.

Francisco Javier Ramón Sierra, socio responsable del departamento de Derecho Público de BDO Abogados, señala que si el interino no logra obtener la fijeza en España, el recorrido lo va a tener en Europa.

El experto explica que para llegar al TEDH se tiene que haber agotado antes toda la línea de impugnación judicial dentro del derecho interno. Es decir, que cualquiera de estos funcionarios interinos que iniciase a día de hoy una reclamación tendría que presentarla primero en la vía administrativa, plantear luego su recurso en los tribunales e ir presentando los recursos hasta agotar toda la sede judicial ordinaria, es decir, apelación ante el Tribunal Superior de Justicia que le corresponda, recurso de casación en el Tribunal Supremo y, luego, un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.

Eso ya habilitaría para presentar esa demanda de forma directa ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos que, desde mi punto de vista, encaja perfectamente ya porque se están vulnerando derechos fundamentales", indica.

El Tribunal Supremo dictó el pasado 25 de febrero dos sentencias en las que rechazó la pretensión de fijeza de dos funcionarios interinos, a pesar de reconocer que habían sufrido abusos en la contratación. No obstante, argumentó que hacer fijos a estos interinos va en contra de la Constitución, que establece el acceso a la función pública en base a los principios de igualdad, mérito y capacidad, algo que se garantiza al superar las pertinentes pruebas de acceso u oposiciones.

Sin embargo, el TJUE en su fallo del pasado mes de junio en el que concluyó que hacer fijos a estos trabajadores es la medida adecuada para acabar con los abusos, indicó que si una norma española, incluso de rango constitucional, se opone a la efectividad de la directiva comunitaria, hay que saltársela. Además, recordó al resto de tribunales inferiores que si la jurisprudencia nacional es contraria al derecho europeo, también se debe ignorar.

Vulneración de derechos

Javier Ramón señala que en los dos fallos de febrero del Supremo ya se está evidenciando claramente una vulneración de derechos fundamentales que protege Europa como es el principio de igualdad y no discriminación entre ciudadanos. Y, en este caso, a los funcionarios interinos españoles que han sufrido abuso en la contratación se les está tratando de un modo diferente al resto de la UE ya que en España no hay medidas (pese a que Europa obliga a imponerlas) para frenar estos abusos, revertir la situación y compensar a los afectados. "Se reconoce que hay abuso, pero que como no hay medidas en nuestro ordenamiento jurídico para ponerle remedio y la que es posible, que es la conversión a fijo, no se aplica porque es contraria a la Constitución, no se hace nada", resume el experto.

La Directiva europea de 1999 para evitar la precariedad en el trabajo por la contratación temporal, que España no ha transpuesto, solo ha tenido reflejo en el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores que prevé que cuando un trabajador encadene dos años de contratos temporales se le debe hacer fijo. Sin embargo, esta medida solo afecta a la empresa privada y no a la Administración Pública.

Por tanto, el TJUE señala que si se da el abuso, el Estado debe adoptar medidas para sancionarlas y evitarlas y, si no las hay, la medida es la conversión a fijo.

El socio de BDO Abogados señala que en estos casos no se pretende que la gente obtenga derechos sin haber pasado el proceso selectivo, sino que se les reconozca unos derechos cuando se ha producido abuso. Es un tema de precariedad laboral.

"La medida más razonable es la conversión, porque si nos vamos a una indemnización punitiva el perjuicio para las arcas económicas del Estado será mayor", puntualiza. Y añade que la Administración siempre va a necesitar interinos para cubrir vacantes que los funcionarios de carrera y titulares no quieren como colegios conflictivos o plazas en pueblos pequeños o lejanos.

 

Eva Díaz

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elEconomista.es
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Noticias de los medios de comunicación