El Supremo avala que las empresas lleguen a acuerdos individuales con sus trabajadores para pactar el teletrabajo

Assegura que no vulnera la llibertat sindical o de negociació.

tltEl Tribunal Supremo ha avalado la concreción de acuerdos individuales de una empresa con sus trabajadores, rechazando que ello suponga la vulneración del derecho a la libertad sindical o a la negociación colectiva.

Según informa EFE, el Alto Tribunal ha validado un sistema voluntario de teletrabajo propuesto por la empresa Ayesa y contra el cual el sindicato Alternativa Sindical de Clase (ASC) había planteado un recurso.

Este sistema, relata la sentencia del 11 de noviembre, se implantó de forma unilateral y consistía en la llegada a acuerdos individuales con los trabajadores para la prestación de sus servicios a distancia, es decir, mediante teletrabajo.

ACS recurrió esa decisión planteando una demanda de conflicto laboral. En 2024, la Audiencia Nacional dio la razón a la empresa y año y medio después el Tribunal Supremo ha confirmado el veredicto.

La postura de la empresa era que, debido a la pandemia de coronavirus y los riesgos para la salud de los trabajadores, había que implantar un modelo híbrido que combinase trabajo presencial y teletrabajo siempre que se pudiese, dependiendo de de la actividad y el proyecto del trabajador.

Esta postura fue rechazada por el sindicato, que exigió que las condiciones se pactasen con la representación sindical de los trabajadores. De lo contrario, denunciaba, se vulneraba la libertad sindical.

Sin embargo, tanto la Audiencia Nacional como el Tribunal Supremo han aprobado la decisión de la empresa. El Alto Tribunal considera que "no resulta exigible que los acuerdos de teletrabajo y sus condiciones deban ser objeto de negociación colectiva".

En paralelo, establece que los incumplimientos puntuales de las previsiones convencionales o legales sobre la materia respecto de aspectos concretos y específicos, por parte de los acuerdos individuales de teletrabajo, "no constituyen vulneraciones del derecho a la negociación colectiva y, en consecuencia, del derecho a la libertad sindical".

 

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elEconomista.es
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Notícies dels mitjans de comunicació