El Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) resuelve en contra de España y concluye que incumple con la Carta Social Europea en materia de despido. Concretamente, el organismo que vela por el cumplimiento de este tratado, señala que la legislación española no garantiza una indemnización por despido improcedente adecuada para compensar los daños al trabajador. Asimismo, esta indemnización es tan baja que tampoco disuade a las compañías para evitar futuros abusos en el despido.
El sindicato UGT, que en marzo de 2022 denunció ante el Comité a España por incumplir con el despido, ha avanzado este lunes en una rueda de prensa la conclusión, que no se hará pública hasta que el Consejo de Ministros la difunda el próximo lunes.
Fernando Luján, vicesecretario de política sindical de UGT, indicó que el Ejecutivo debe tumbar el límite de 33 días por año con un máximo de dos anualidades para indemnizar el despido y fijar un mínimo de seis mensualidades.
"Adaptar la legislación española porque viola el artículo 24 de la Carta Social Europea no creo que esté en cuestión. Sobre las consecuencias, el empresario tiene qué saber lo que le cuesta incumplir la ley y el daño que se produce porque despide violando el Estatuto de los Trabajadores o la Carta Social Europea", indicó.
Concretamente, el artículo 24 de la Carta establece que todos los trabajadores despedidos sin razón válida tienen derecho a una indemnización adecuada o a otra reparación apropiada.
La resolución del Comité Europeo, además, también abre la puerta a que se determine la compensación por despido caso por caso. Es decir, establecer indemnizaciones a medida, en función de si ha habido algún tipo de discriminación por parte de la empresa que haya podido causar daños morales al trabajador o lucro cesante.
El CEDS ya avanzó el pasado 20 de marzo sus conclusiones en las que apuntó que la legislación española topa el despido improcedente a 33 días por año trabajado con un máximo de dos años y, por tanto, no garantizar una indemnización adecuada o una reparación apropiada al trabajador. Asimismo, también criticó que la norma nacional limitaba a los jueces la capacidad de imponer compensaciones mayores.
¿Vincula la decisión?
Los juristas y académicos discrepan a la hora de considerar si las decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) son o no vinculantes.
Una reciente resolución del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) del pasado 23 de abril, indica que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos aplica la Convención Europea de Derechos Humanos (CEDH) a través de sentencias vinculantes y, sin embargo, el Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) aplica la Carta de Derechos Sociales "a través de decisiones" que, a su juicio, no conllevan "ninguna necesidad de asumirlas".
Asimismo, el TSJPV mencionaba otro fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) del 1 de marzo de 2021 en la que concluía que el CEDS "a pesar de ser independiente y compuesto por expertos, no tiene la potestad de dictar sentencias vinculantes, sino únicamente recomendaciones y conclusiones". "Por todo ello, el alcance en España de las Decisiones que se citan en la sentencia en la sentencia recurrida es apenas doctrinal", concluía el TSJM.
No obstante, el TSJPV concluyó que España sí tiene la obligación de cumplir con la Carta Social Europea ya que, al subscribirla íntegramente en 2021, "forma parte de nuestro ordenamiento" al amparo de lo dispuesto en el artículo 96 de la Constitución Española y el artículo 23.3 de la Ley de Tratados y otros Acuerdos Internacionales. Los tratados internacionales son de aplicación directa y la norma internacional prevalece sobre la interna, recuerda el tribunal vasco.
Varios jueces nacionales, tras avanzar el CEDS parte de sus conclusiones en marzo, sí han aplicado este criterio en sus sentencias y han incrementado la resolución por despido sin justificar. Sin embargo, otros continúan rechazando este tipo de indemnizaciones adicionales.
El Tribunal Supremo, por su parte, ya analiza la legalidad de incrementar la indemnización por despido por encima de los 33 días, aunque solo en casos de lucro cesante, no por daños morales.
La reforma del despido, pendiente
La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz aparcó la reforma para endurecer el despido hasta conocer la decisión final del Comité Europeo. La ministra, tras conocerse la resolución del Comité, ha asegurado que el despido en España "es un elemento más que va a ser susceptible de reforma" y ha remarcado que se abordará en la mesa de diálogo social y acomodándolo a la legislación europea.
Eva Díaz