Normas de funcionamiento

Usuarios

  • Los entes locales de la provincia de Barcelona.
  • El personal al servicio de estos entes locales, mediante sus representaciones unitarias o sindicales de uno de los sindicatos que integren el Consorcio.
  • Las representaciones sindicales en estas entidades (secciones sindicales) de los sindicatos que integren el Consorcio.

Ámbito de actuación

  • Conflictos colectivos de intereses y aplicación y de interpretación de norma.
  • Conflictos plurales de intereses y de aplicación y de interpretación de norma, siempre que, debido a la especial naturaleza o significación del conflicto, el CEMICAL estime que puede exceder el interés individual de los afectados.
  • Conflictos individuales, siempre que el CEMICAL estime que el conflicto puede tener trascendencia o incidencia en un interés colectivo.

Materias excluidas

  • Resolución de contratos.
  • Reclamaciones de cantidad.
  • Procedimientos disciplinarios.

Manifestación de voluntad de las partes

Para la válida tramitación de los procedimientos, será requisito necesario la libre y clara voluntad de sumisión de ambas partes.


La sumisión previa y voluntaria de empleados públicos y entidades locales afectados por un conflicto colectivo de trabajo a los procedimientos de conciliación y mediación se considerará otorgada y no será necesaria expresa individualización, cuando el convenio colectivo o pacto o acuerdo de condiciones de trabajo aplicable en cada caso incluya una cláusula en la cual las partes negociadoras, representantes de la entidad local y del personal se sometan de modo expreso y colectivo a los procedimientos de conciliación y mediación.

Inicio del procedimiento de conciliación

La intervención del CEMICAL se producirá a partir de un escrito introductorio presentado por la parte que desee iniciar el procedimiento.

El escrito se ajustará a las normas vigentes y deberá contener necesariamente los siguientes datos:

  • Descripción del grupo de personas afectadas y de sus categorías profesionales, cuando se trate de conflictos colectivos y plurales.
  • Nombre, antigüedad y categoría profesional de la persona afectada, si se trata de un conflicto individual. En este caso, será necesario adjuntar un documento que haga patente su conformidad con la intervención del CEMICAL.
  • Entidad local, domicilio y número de personas al servicio del ente local.
  • Convenio colectivo o pacto o acuerdo de condiciones de trabajo aplicable.
  • Descripción de los hechos que originen el conflicto (origen y desarrollo).
  • Voluntad expresa de las partes o manifestación de la persona solicitante de someterse a los trámites de conciliación y/o mediación o mención del pacto o convenio colectivo y cláusula aplicable.
  • Referencia al procedimiento que se desea intentar (conciliación o mediación).
  • Firma de la/s parte/s.