La sentencia considera que el despido es respuesta al reconocimiento judicial de su situación laboral.
Es nulo el despido de una trabajadora indefinida no fija por una Administración Pública, calificación otorgada por un juzgado como consecuencia de abuso continuado de la temporalidad, sin darle oportunidad de competir en un proceso selectivo con criterios de igualdad, mérito y capacidad y a pesar de la abundante jurisprudencia que hay.
Así, lo determina el juzgado de lo Social nº 36 de Madrid, que considera que el despido fue consecuencia de la sentencia que la declaró indefinida no fija, puesto que aunque sobre la plaza en la que trabajaba se resolvió un concurso de traslados, ella continuó durante varios meses ocupando la mima plaza, hasta que le fue comunicado su despido dos meses tras la decisión judicial sobre su situación laboral.
"Dicha sentencia es la única causa que puede entenderse motivadora del cese, pues desde el 8 de abril de 2021 no se acredita ni la toma de posesión de la adjudicataria de la plaza, ni razón alguna que hubiese supuesto una demora en la toma de posesión", señala la magistrada Valle Lorenzo.
El sindicato CSIF Madrid, que ha llevado la defensa de la trabajadora, califica el fallo de trascendente.
Xavier Gil Pecharromán