El Supremo aclará qué funciones pueden realizar los empleados públicos no funcionarios en las inspecciones tributarias

En un reciente auto ha señalado que aún no hay jurisprudencia al respecto.

sdEl Tribunal Supremo (TS) aclarará el alcance de las funciones que pueden desempeñar los trabajadores públicos de la Administración que no son funcionarios en las inspecciones tributarias.

El alto tribunal, en un auto del 10 de septiembre, ha admitido el recurso de una compañía a la que la Hacienda local le inspeccionó por el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) de varios ejercicios emitiéndole la correspondiente liquidación, contra la participación en la inspección de una empleada pública (no funcionaria).

El Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJV), en el fallo que ahora se recurre, dio la razón a la Administración tributaria al considerar que la trabajadora solo realizó labores auxiliares, pero en absoluto tareas propias de un inspector.

Para aclarar el asunto, el Supremo interpretará la Ley Reguladoras de las Bases del Régimen Local, que en su artículo 93 establece que corresponde solo a los funcionarios de carrera el ejercicio de las funciones que impliquen las potestades públicas o la salvaguarda de intereses generales. También, el Reglamento General de la inspección tributaria que refiere en su artículo 169 que el fisco puede encomendar al personal no funcionario actuaciones preparatorias, de comprobación y prueba de hechos con transcendencia tributaria.

El alto tribunal indica en su auto que en la actualidad no existe jurisprudencia del propio Supremo al respecto, lo que hace conveniente un pronunciamiento que esclarezca el caso ante el gran número de situaciones al que puede afectar.

Recuerda que la Corte sí se ha pronunciado sobre la externalización de funciones públicas por parte de la Administración, conducta que rechazó si se hace de forma continuada, pero que admitió si se hace ocasionalmente por falta de medios.

Ahora, señala, sería conveniente asentar doctrina sobre el alcance de las funciones que puede asumir el personal laboral en el desarrollo de un procedimiento de inspección tributaria.

 

Eva Díaz

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elEconomista.es
Tipo
Noticias de los medios de comunicación